Resumen del Artículo sesenta y seis

Artículo sesenta y seis del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — y seis La sentencia declarará la titularidad de la competencia controvertida y acordará, en su caso, la anulación de la disposición, resolución o actos que originaron el conflicto en cuanto estuvieren viciados de incompetencia, pudiendo disponer lo que fuera procedente respecto…

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo sesenta y seis

La sentencia declarará la titularidad de la competencia controvertida y acordará, en su caso, la anulación de la disposición, resolución o actos que originaron el conflicto en cuanto estuvieren viciados de incompetencia, pudiendo disponer lo que fuera procedente respecto de las situaciones de hecho o de derecho creadas al amparo de la misma.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo sesenta y seis

¿Qué dice el Artículo sesenta y seis del LOTC?

y seis La sentencia declarará la titularidad de la competencia controvertida y acordará, en su caso, la anulación de la disposición, resolución o actos que originaron el conflicto en cuanto…

¿El Artículo sesenta y seis del LOTC está vigente?

El artículo sesenta y seis del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo sesenta y seis dentro del LOTC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › SECCION PRIMERA.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo sesenta y seis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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